Concursal y Reestructuración

El derecho concursal ofrece herramientas para analizar dificultades de pago, negociar con acreedores y ordenar un concurso cuando resulte procedente. La respuesta depende de la tesorería, la estructura de la deuda, las garantías y la viabilidad del negocio.

Qué atendemos

Atendemos el diagnóstico de insolvencia, la negociación y documentación de reestructuraciones, la preparación y seguimiento de concursos y la defensa de deudores o acreedores. También examinamos garantías, créditos, contratos pendientes y posibles responsabilidades.

Cuándo consultar

Conviene consultar cuando se acumulan impagos, vencen líneas de financiación, aparecen embargos o ejecuciones, un acreedor anuncia acciones, o las previsiones de caja muestran que la empresa podría no atender regularmente sus obligaciones.

Qué documentación aportar

Resultan útiles las cuentas anuales y balances recientes, previsiones de tesorería, relación de acreedores y vencimientos, contratos de financiación, garantías, reclamaciones recibidas, procedimientos abiertos y una descripción de las causas y perspectivas del negocio.

Cómo trabajamos

Partimos de la situación financiera y jurídica comprobable, ordenamos los créditos y riesgos, comparamos las vías disponibles y definimos las actuaciones documentales y procesales. La estrategia se adapta a la fase y a la posición concreta de cada interesado.

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre reestructurar y solicitar concurso?

La reestructuración busca modificar deuda, financiación o estructura empresarial; el concurso es un procedimiento judicial. La situación de insolvencia y la viabilidad determinan qué alternativas pueden estudiarse.

¿Un plan de reestructuración obliga a todos los acreedores?

No automáticamente. Sus efectos dependen de las clases de créditos, las mayorías, el contenido del plan y, cuando proceda, su homologación judicial.

¿Puede asesorarse a un acreedor?

Sí. Se analiza su crédito, garantías, rango, comunicaciones y opciones de negociación o actuación procesal, previa comprobación de posibles conflictos de interés.

Fuentes consultadas

Fuentes consultadas el 3 de octubre de 2026. Información general; el análisis depende de la documentación y circunstancias del asunto.

¿HABLAMOS?

Estamos a tu disposición para resolver cualquier duda que pueda surgir